Está habilitada la plataforma digital para gestionar los permisos de turismo interno

A partir de las 0 de hoy, viernes 17 de julio, ya se encuentra habilitada la plataforma digital del Gobierno de Corrientes por medio de la cual se pueden tramitar los permisos de turismo interno para visitar cualquiera de los 22 municipios habilitados, que no tienen circulación viral del COVID-19 y son considerados “zonas blancas”.

Como se vino informando oportunamente a través de los partes oficiales y redes sociales, los permisos se deben solicitar en la página oficial permisos.corrientes.gob.ar/permisos, que a su vez cuenta con un link/solapa con la denominación turismo interno, en donde los interesados accederán a un menú con todos los municipios habilitados.

Cabe aclarar que para el turismo en el día, no se requiere especificar alojamiento, además, las fechas de inicio y fin serán iguales.
En tanto, a las personas que ingresen por algunos de los 7 puntos de la Provincia, el sistema no les va a permitir acceder al permiso por el término de 14 días, ya que deben permanecer en cuarentena obligatoria.

Una vez que el permiso haya sido otorgado, el certificado se visualizará y tendrá un Código QR. El certificado será requerido en el acceso al municipio. Todos los integrantes que figuran en el permiso deberán trasladarse con su DNI para acreditar el domicilio de residencia habitual.

En caso de que el mismo no se encuentre actualizado, deberán llevar consigo documentación que pudiera acreditarlo. En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias y de seguridad establecidas en el marco de la emergencia extendida por el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Serán rechazadas las solicitudes con integrantes que tengan un permiso previo vigente de ingreso a la provincia o hayan ingresado hace menos de 14 días.

El certificado deberá consignar lugar de residencia, destino (ciudad y dirección final para realizar el turismo interno), fecha de inicio y fin del viaje, lugar de alojamiento (nombre del hotel o la referencia del lugar donde estarán los solicitantes del permiso) y patente del vehículo utilizado para el traslado, al igual que el nombre completo y DNI de los ocupantes del vehículo que están ingresando a la ciudad.

El certificado obra como declaración jurada, consignando que los datos son veraces, reales y completos, sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo la expresión de la verdad.

La declaración jurada contiene un código tipo QR que puede ser directamente leído con un Smartphone. Para ello deberá seleccionar la función de cámara o descargar una aplicación de lector QR en la tienda de aplicaciones.
La lectura del código QR devolverá los mismos datos que la declaración jurada, con lo cual el permiso será dado por válido.

Municipios habilitados
Las localidades que se podrán visitar dentro del esquema de turismo interno son: Esquina, Goya, Bella Vista, Santa Ana, Paso de la Patria, Itatí, Yahapé, Itá Ibaté, Ituzaingó, Loreto, San Miguel, Mburucuyá, Concepción, Carlos Pellegrini, Empedrado, Capital, La Cruz, Virasoro, Curuzú Cuatiá, Mercedes, Chavarría y Caá Catí.

Protocolos
En estos municipios los prestadores turísticos deberán cumplir y hacer cumplir los respectivos protocolos y los turistas deberá solicitar el permiso correspondiente en el sitio web permisos.corrientes.gob.ar/permisos.
El Protocolo COVID-19 para Alojamientos está destinado a todos aquellos establecimientos habilitados en el territorio de la Provincia de Corrientes, con el fin de asegurar la salubridad en todos los procesos de la prestación contribuyendo a la prevención de la propagación del virus en la comunidad y la seguridad sanitaria de los prestadores de servicios.
Abarca medidas generales para gestión de personal, medidas preventivas, personas consideradas en grupo de riesgo, desplazamiento del personal, disposición laboral, protección personal (Equipamiento).
Deberá haber una capacitación obligatoria para el personal en cuanto a distanciamiento social e seguridad e higiene. El protocolo también regula la atención al huésped, en cuanto a gestión de reservas, check in y check out; espacios comunes: mobiliario y circulación.
Sobre alimentos y bebidas, se establecen normas para el desayuno, salón comedor, área cocina. El capítulo limpieza interna habla de habitaciones y blanco, mientras que también tienen su respectivo capítulo: recepción de mercaderías, capitulo mantenimiento, capítulo residuo. Asimismo, se establece un modelo de declaración jurada para el turista.

El Protocolo COVID-19 para Restaurantes y Afines está destinado a todos aquellos establecimientos gastronómicos habilitados en el territorio de la Provincia de Corrientes y al igual que el respectivo protocolo para alojamientos, este también cuenta con detallados procedimientos y condiciones para los distintos aspectos de la actividad.
El Protocolo COVID-19 para Prestadores Turísticos está destinado a todos aquellos profesionales y organizaciones que prestan servicios turísticos en todo el territorio nacional, para ser aplicado en forma separada o en forma conjunta con el Protocolo para Alojamientos Turísticos y/o el Protocolo para Establecimientos Gastronómicos, según corresponda.
Esta herramienta para la adopción de medidas preventivas ante el coronavirus, son genéricas y aplicables a actividades recreativas, culturales, servicios profesionales y/o prestados en Áreas Naturales, y en comercios turísticos.
Entre ellos, se pueden citar a Guías de turismo (locales, de sitio, temáticos, provinciales, zonales, coordinadores). Servicios de alojamiento en campings, carpas, bungalows, casas rodantes o motorhomes o glamping. Actividades desarrolladas en espacios naturales. Diferentes modalidades de pesca deportiva, pesca con mosca o fly-cast, spinning, trolling. Prestadores de servicios de turismo de salud, curativo y por estética y bienestar, Wellnes, termalismo y spas.
También actividades realizadas en áreas naturales, turismo aventura, turismo activo, ecoturismo o turismo alternativo. Visitación de Áreas naturales protegidas, Parques Nacionales, reservas naturales, reservas de la biosfera, Sitios RAMSAR, parques provinciales. Parques temáticos y recreativos. Playas y balnearios. Visitas a Museos, edificios históricos, monumentos. Turismo rural. Venta al por menor de artículos regionales y artesanías.
Sobre alimentos y bebidas se establecen normas para el desayuno, salón comedor, área cocina. El capítulo limpieza interna habla de habitaciones y blanco, mientras que también tienen su respectivo capítulo: recepción de mercaderías, capitulo mantenimiento, capítulo residuo. Asimismo, se establece un modelo de declaración jurada para el turista.

En el caso de los alojamientos, abarcan medidas generales para gestión de personal, medidas preventivas, personas en grupo de riesgo, desplazamiento del personal, disposición laboral, protección personal (equipamiento). Deberá haber una capacitación obligatoria para el personal en cuanto a distanciamiento social e seguridad e higiene. El protocolo también regula la atención al huésped, en cuanto a gestión de reservas, check in y check out; espacios comunes: mobiliario y circulación.
En cuanto a los prestadores turísticos, los protocolos están destinados a todos aquellos profesionales y organizaciones que prestan servicios turísticos en todo el territorio nacional, para ser aplicado en forma separada o en forma conjunta con el Protocolo para Alojamientos Turísticos y/o el Protocolo para Establecimientos Gastronómicos, según corresponda.
Estas herramientas para la adopción de medidas preventivas ante el coronavirus son genéricas y aplicables a actividades recreativas, culturales, servicios profesionales y/o prestados en Áreas Naturales, y en comercios turísticos.
Entre ellos, se pueden citar a Guías de turismo (locales, de sitio, temáticos, provinciales, zonales, coordinadores); servicios de alojamiento en campings, carpas, bungalows, casas rodantes o motorhomes o glamping; actividades desarrolladas en espacios naturales; diferentes modalidades de pesca deportiva, pesca con mosca o fly-cast, spinning, trolling; prestadores de servicios de turismo de salud, curativo y por estética y bienestar, wellnes, termalismo y spas.
También actividades realizadas en áreas naturales, turismo aventura, turismo activo, ecoturismo o turismo alternativo; visitación de áreas naturales protegidas, Parques Nacionales, reservas naturales, reservas de la biosfera, sitios Ramsar, parques provinciales; parques temáticos y recreativos; playas y balnearios; visitas a museos, edificios históricos, monumentos; turismo rural; venta al por menor de artículos regionales y artesanías.