La ANMAT prohibió la venta de un orégano deshidratado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en las últimas horas la comercialización de una marca de confites de chocolate y otra de orégano deshidratado. Las medidas fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

Así se informó mediante las disposiciones 4068 y 4069/2019. En el primer caso, el organismo castigó a los confites de chocolate de la marca «Disqueti» porque a pesar de que el producto figuraba como libre de gluten en un comercio de la ciudad de Buenos Aires, este no era el caso. Por esa razón, se solicitó el retiro preventivo de la golosina en todo el país. Además se decidió iniciar un sumario a la sociedad propietaria del local por infringir una serie de normas sanitarias.

También se le inició un sumario a la empresa que importa el producto «por ser la importadora y comercializadora de un producto que carecía de registro como Alimento Libre de Gluten y consignar la leyenda ‘libre de gluten’ sin estar autorizado como tal, por lo que resultaría ilegal».

Lo más llamativo es la prohibición del orégano deshidratado marca «Carrefour». Las razones que se expusieron en el Boletín Oficial tienen que ver con que «la muestra analizada no cumple con el artículo 1226 del Código Alimentario Argentino por presentar más del 25% (veinticinco por ciento) de salvado de trigo coloreado, más del 3% (tres por ciento) de hojas que no se corresponden con orégano ni con salvado de trigo, como así también elementos histológicos de orégano, trigo y perejil».

Sin embargo, una vez retirado el producto aclararon que el producto «presenta una baja probabilidad de consecuencias adversas para la salud de los consumidores».

 

 

 

 

 

 

Fuente: Infobae