El Banco Central habilitará a partir del 1° de Marzo esta operación y será a través de un trámite exprés.
«Las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el Mercado Libre de Cambios podrán funcionar como agencia de cambios», informó la entidad que dirige Federico Stuzenegger. Habilitó ese mecanismo bajo el requisito de que quienes vendan dólares u otras monedas se inscriban en el Registro de operadores de cambio.
En el marco de la reglamentación del reciente Decreto 27/18, el Directorio del BCRA sancionó un nuevo marco normativo para la actividad cambiaria, «con el objeto de brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar toda la tramitación respectiva».
Además personas físicas que antes hayan constituido una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) también podrán operar con divisas.
Según el comunicado del Banco, explica que,»un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal». De la misma manera lo podrá hacer cualquier persona, y para la entidad así se facilita el acceso al cambio y beneficia a los turistas extranjeros.
A través de la Web del BCRA se podrá ingresar de manera online al Registro de operadores y será de acceso libre. Luego del trámite de inscripción las nuevas «agencias de cambio» podrán operar de inmediato.